jueves, 4 de agosto de 2011

La Evaluación Educativa

1-¿Que es la evaluación? Es la manera o el procedimiento que se sigue para saber el grado de aprendizaje que han alcanzado los alumnos.

2-¿Que evaluar? El aprendizaje que se ha obtenido, lo que saben hacer, los aprendizajes propuestos en los programas expresados en las competencias.

3.- ¿Para qué evaluar? Para saber los conocimientos adquiridos del alumno y si aprendió o no. También saber si los propósitos que planteamos al principio se lograron o no.  

4- ¿Cómo evaluar? Las técnicas más utilizadas son la observación, la encuesta, exámenes y portafolios, de estas técnicas se desprenden algunos instrumentos específicos como los siguientes: los diarios de campo, guías de observación, los cuestionarios, guías para evaluar los portafolios y los exámenes.

5-¿Quién evalúa? Los agentes de la evaluación de la práctica docente son los siguientes:
-La Administración.
-El Consejo Escolar del centro.
-El alumnado.
-El profesorado.

También existe la heteroevaluacion, evaluación, autoevaluación, evaluación. En nuestro estudio, nos hemos centrado exclusivamente en el papel evaluador del alumno con respecto a la actuación del profesor y en la autoevaluación del profesor (reflexión sobre su propio papel en el aula).

Los evaluadores deben reunir una serie de requisitos entre los que destacamos los siguientes:

-Deben disponer de la información necesaria para el proceso indagador. No deben realizar una evaluación simple, sino que deben conseguir los elementos de juicio necesarios.
-Deben estar motivados para participar.
-Deben tener un espíritu crítico pero constructivo.
-Deben establecer un tiempo de adaptación entre el profesor y el grupo y viceversa.
-Deben ser capaces de reflexionar y sacar conclusiones.

 Papel evaluador del alumnado.

Hemos seleccionado dos tipos de evaluación en las que el alumno toma partido:
-Evaluación implícita o indirecta. Es un tipo de evaluación continua que el alumno hace individualmente o de forma colectiva sobre la actuación diaria del profesor.
-Evaluación explícita o directa. Es una evaluación puntual en la que el alumno expresa su opinión sobre temas específicos a través de las distintas técnicas que se utilizan como instrumento de evaluación. La oposición por parte de algún sector del profesorado a ser evaluado dificulta la evaluación conjunta del centro y la posibilidad de superar los posibles conflictos pedagógicos.

6-¿Medir, Calificar, Evaluar? ¿Son lo mismo?
La Medición: Es inherente a la evaluación cuantitativa y es la base de ella: lo demás, desde nuestro punto de vista, seria valoración “amorosa”. Por lo cual es importante tener en cuenta los instrumentos que permiten la medición, es decir, la recolección de los datos para poder analizarlos o interpretarlos.
Calificación: Es la asignación simbólica de la medida, que puede se numérica como por ejemplo, un 9.8 (es una escala del  1 al 10).
Evaluación: Es enjuiciar mediante un proceso  sistemático de recopilación de los datos y la comparación con unos criterios (o normas) claramente establecidos para facilitar la toma de decisión.

LA EVALUACIÓN SEGÚN LA FUNCIÓN QUE REALIZA

Función Sumativa: Emite juicios acerca de productos y procesos que se  consideran  concluidos. Su objetivo es determinar el valor de un proceso que esta dirigido fundamentalmente a la toma de decisiones finales como seleccionar  estudiantes y se aplica a iniciar los ciclos  escolares.

Función formativa: Se dirige  fundamentalmente a la mejora de los procesos  de aprendizaje de los estudiantes las decisiones a tomar, los contenidos y la reconceptualización de la metodología  didáctica.  Es decir, todo aquello que contribuya a los procesos de construcción  del conocimiento de los estudiantes mejoren.

LA EVALUACIÓN SEGÚN SU NORMOTIPO.

La evaluación nomotética.

Es aquélla que emplea un referente externo de comparación. Dentro de ella pueden distinguirse dos tipos: la evaluación normativa y la evaluación criterial. Dentro de la evaluación nomotética podemos distinguir dos tipos de referentes externos, que nos llevan a considerar la evaluación normativa y la evaluación criterial.

La evaluación normativa supone la valoración de un sujeto en función del nivel del grupo en el que se halla integrado. Es decir, que si el nivel de los alumnos de un grupo es elevado, un alumno con un nivel medio puede resultar evaluado negativamente o, al menos, por debajo de lo que lo sería si estuviera en un grupo de nivel general más bajo. A la inversa, un alumno de tipo medio resulta evaluado de forma altamente positiva en un grupo donde el nivel general es bajo, cuando esta valoración no responde con exactitud a sus posibilidades reales frente a los referentes externos marcados por el sistema educativo.

La evaluación criterial es la evaluación que se realiza tomando en cuenta criterios e indicadores los cuales deben ser concretos, claros y prefijados con anticipación. El diseño curricular de educación secundaria plantea competencias que el alumno debe desarrollar al finalizar un grado. Para evaluar el logro de estas competencias necesitamos apoyarnos de criterios ya determinados y especificados los cuales nos permitirán valorar en forma homogénea a los alumnos y determinar el grado de dominio alcanzado para la competencia planteada.

Aunque el profesor inmerso en este tipo de evaluación no sea consciente de su forma de valorar, la descrita es una situación absolutamente generalizada. En efecto, hay que reconocer que es muy difícil –prácticamente imposible- mantenerse al margen del clima generado en un grupo por su nivel de aprendizaje y que se valora por encima de sus potencialidades reales al alumno que demuestra dominar algo más que el resto de los objetivos previstos en una programación.

Esta situación se demuestra objetivamente mediante la aplicación de pruebas estándar a una muestra significativa de alumnos y alumnas, obteniendo su valoración con unos criterios fijados de antemano y contrastando los resultados con las “calificaciones” anteriores dadas por el profesorado a esos alumnos. Un ejemplo, experimentado por mi parte en 1983, fue la aplicación de las pruebas elaboradas por el Ministerio de Educación y Ciencia para evaluar las enseñanzas mínimas del ciclo inicial de la Educación General Básica.

Fueron seleccionados los centros donde debía realizarse la aplicación y, entre otros, resultó elegido uno público (Colegio A) de un barrio marginal, con la mayoría de su población en paro y una clase sociocultural nítidamente baja; a la vez, también apareció en la muestra un segundo (Colegio B) del centro de la ciudad, privado subvencionado -en aquel momento- y cuyos alumnos pertenecían claramente a una clase sociocultural media/alta.

Los datos obtenidos de la aplicación aludida se volcaron en unos registros diseñados homogéneamente, en los que aparecía una columna con la valoración obtenida por cada niño en la prueba estándar y otra paralela donde se reflejaba la valoración que se había dado al niño al final del curso anterior. En una comprobación superficial, seleccioné varios niños y niñas que habían sido valorados con “5” en la prueba estándar, pertenecientes a los dos colegios, y, mientras en el Colegio A eran alumnos “sobresalientes” por sus calificaciones anteriores, en el Colegio B eran solamente “aprobados” o, incluso en el caso de una niña, estaba reprobada y permanecía en el ciclo. Otra situación muy frecuente es la que se presenta a todo profesor cuando corrige los ejercicios o pruebas realizados por los estudiantes de un mismo grupo.

Cuando comienza, de forma estricta, y un alumno no ha respondido a los objetivos que se pretendían y no domina un mínimo de contenidos previstos, le reprueba. El segundo, tercero, cuarto corren la misma suerte. Cuando ese mismo profesor está leyendo el ejercicio duodécimo, y encuentra dos cuestiones medianamente explicadas, da un respiro porque ya alguien se ha enterado de algo, y aprueba a ese alumno. A partir de ahí, los criterios (?) se van ampliando y flexibilizando y es probable que el ejercicio trigésimo apruebe con el mismo contenido con el que ha reprobado el primero.

Pongo el interrogante al lado de criterios porque, efectivamente, de lo que  está adoleciendo esta evaluación es de falta de criterios claros, únicos, prefijados..., que sirvan de referente para analizar el contenido del ejercicio y, por lo tanto, para establecer unas normas medianamente “justas” en la valoración de todo el grupo. Evaluación nomotética Dentro de la evaluación nomotética podemos distinguir dos tipos de referentes externos, que nos llevan a considerar la evaluación normativa y la evaluación criterial.

Es válida la evaluación normativa cuando se pretende determinar la posición ordinal de un sujeto dentro de un grupo, en cuyo caso las normas de valoración estarán en función directa de lo que el conjunto del alumnado (u otro tipo de población) domina o deja de dominar. Pero la ordenación de los estudiantes como “primero” o “último” del salón no me parece, precisamente, ni recomendable ni educativo, por lo que considero que este tipo de evaluación no resulta apropiada para nuestros fines, ya que carece de referencia válida y fiable tanto para la persona que se forma como para el profesorado que la valora.

Este tipo de evaluación, además de las posibilidades que aporta a la persona humana al tomarla totalmente en cuenta, debería ser el ideal a alcanzar.  Es llamada dinámica, pretende evaluar la potencialidad del ser humano, toma en cuenta las competencias y las posibilidades en función de su desarrollo. Es decir valora las actitudes del alumno, el referente educativo es el propio sujeto y valora si esfuerzo.

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